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Los fabricantes podrán designar, mediante mandato escrito, a un representante autorizado. El representante autorizado es el encargado de realizar las tareas especificados en dicho mandato.
El mandado debe permitir, como mínimo, realizar las siguientes tareas al representante autorizado:
4.1.1Proporcionar a la autoridad de vigilancia de mercado la documentación necesaria para justificar la seguridad del producto.
4.1.2Informar al fabricante cuando tenga motivos para considerar que el producto presenta un riesgo.
4.1.3Cooperar con las autoridades en cualquier acción para eliminar los riesgos que supongan los productos de su mandato.